La ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco quedó en una compleja situación, luego que este fin de semana se diera a conocer un reportaje de Ciper en el que se revelan una serie de chats que estableció con el abogado Luis Hermosilla, tanto para pedirle que intercediera en su favor para ser miembro del máximo tribunal, como para interferir en diversas operaciones judiciales.
Este lunes, el Pleno de la Corte Suprema confirmó que la jueza fue suspendida de sus funciones por la gravedad de los hechos dados a conocer. Pero además, se decidió abrirle un cuaderno de remoción, instancia que por segunda vez en la historia se aplica contra un miembro del organismo. El anterior fue Luis Correa Bulo en 2001, quien decidió renunciar al Poder Judicial, antes que se diera a conocer la sentencia que terminaría expulsándolo.
¿Qué es un cuaderno de remoción?
Un cuaderno de remoción es un procedimiento que se realiza a modo de investigación para determinar presuntas irregularidades en las que puedan haber incurrido integrantes del Poder Judicial, como la ministra Vivanco, en este caso.

La instancia establece que la parte cuestionada deba emanar un informe, que en esta situación, debe ser entregado en un plazo máximo de 20 días seguidos. En éste deberá responder a los cuestionamientos que se le realizan, y por supuesto, presentar su defensa. Tras esto, el Pleno de la Corte Suprema determina si es que finalmente procede o no la remoción.
En definitiva, el cuaderno de remoción es una investigación interna que ordenan los jueces en el ejercicio de sus facultades disciplinarias
Cabe destacar que un ministro de la Corte Suprema puede estar en el cargo hasta los 75 años, siempre y cuando exista buena conducta. Vivanco podría estar hasta 2038 si no es expulsada.
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¿Cuáles son las acusaciones que le realizó el Pleno de la Corte Suprema a Ángela Vivanco?
El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, dio a conocer este lunes que se decidió “abrir cuaderno de remoción respecto a la ministra señora Vivanco, y pedirle informe, que deberá evacuar dentro del término de veinte días corridos”.
Pero, ¿por qué hechos debe responder la jueza Vivanco?. Según lo explicado por el mismo Blanco, estos son:
1. Interferencia en el último procedimiento de designación del cargo del Fiscal Nacional y en el nombramiento del conservador de bienes raíces de Viña del Mar y de Concón.
2. Irregularidades cometidas en la tramitación y conocimiento de las causas del consorcio Belaz Movitec SpA con Codelco.
3. Intervención en el nombramiento de ministros y ministras de cortes, en coordinación con el abogado Luis Hermosilla.
4. Intromisión en causas en tramitación y en la integración de salas de Corte Suprema con el abogado Luis Hermosilla.
5. Entrega de información acerca de causas relacionadas con miembros de Carabineros de Chile y de las Fuerzas Armadas, de conocimiento de la Tercera Sala de esta Corte, antes de la firma de la sentencia y su notificación. Y efectuar recomendaciones procesales al abogado ya mencionado.
6. Concentración con el abogado (Luis Hermosilla) para obtener el nombramiento de miembros de este Tribunal afines de sus intereses.