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Bono por Asistencia Escolar: Revisa quiénes lo reciben, cuál es el monto y cómo cobrarlo

Para acceder al Bono por Asistencia Escolar no es necesario postular, además, la familia beneficiaria no debe realizar trámites para obtener la ayuda, porque la acreditación de asistencia la realiza el propio Ministerio de Educación.

El Bono por Asistencia Escolar es un beneficio que forma parte del Programa Chile Seguridades y Oportunidades y que se entrega de forma automática por 24 meses a quienes cumplan con ciertos requisitos.

Este aporte está orientado a aquellas familias cuyos hijos e hijas de entre 6 y 18 años de edad se encuentren estudiando en una institución educacional reconocida por el Estado, en educación básica o media, y que tengan una asistencia escolar mensual superior o igual a un 85%.

Para acceder al Bono por Asistencia Escolar no es necesario postular, además, la familia beneficiaria no debe realizar trámites para obtener la ayuda, porque la acreditación de asistencia la realiza el propio Ministerio de Educación.

¿Cuál es el monto que entrega el Bono por Asistencia Escolar?

Para el año 2022, el valor es de $8.000 mensual por cada niño, niña o adolescente que cumpla los requisitos, siendo compatible con cualquier otro subsidio o transferencia que entregue el Estado.

El pago de este bono se hace mensualmente (en la medida que se cumplan los requisitos), con un desfase de 3 meses, es decir, el pago de la asistencia del mes de julio del respectivo año, será realizado en el mes de octubre del mismo año.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio?

  • Estar recibiendo el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.

  • Que la familia en su composición tenga niños, niñas y adolescentes cuya edad esté entre los 6 y los 18 años al 31 de marzo del año respectivo.

  • Que los niños, niñas y adolescentes estén cursando estudios en un establecimiento institucional reconocido por el Estado, en los niveles de educación básica o media.

  • Que los niños, niñas y adolescentes cumplan una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para cumplir con esta condición, durante los meses de enero y febrero se considerará la asistencia escolar promedio para el período julio-diciembre del año anterior.

¿Quiénes pueden cobrar el Bono por Asistencia Escolar?

El pago del Bono por Asistencia Escolar se realizará al integrante de la familia que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  • Prioridad 1: madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).

  • Prioridad 2: mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.

  • Prioridad 3: mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.

  • Prioridad 4: si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.

  • Prioridad 5: si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.

  • Prioridad 6: en caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

¿Cómo cobrar el Bono por Asistencia Escolar?

Es la familia participante de Chile Seguridades y Oportunidades quien elige la forma en que recibirá y cobrará los bonos, lo que puede ser mediante:

  • Depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador de la familia, o en Cuenta RUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sin costo para el usuario. Para la modalidad de pago bancario se aplica un subsidio equivalente a 700 pesos mensuales que permite al usuario realizar dos giros mensuales y emitir una cartola bancaria.

  • Pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir con su cédula de identidad el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.

¿Cuál es el plazo para cobrar el beneficio?

Respecto a las familias y personas que elijan como medio de pago la modalidad presencial, el plazo para el cobro es de 6 meses, tiempo después del cual se entiende que el participante renuncia a este beneficio.

En el caso de participantes que elijan la modalidad de depósito electrónico (pago bancario), no existe plazo ya que el pago, una vez emitido, es transferido directamente a la cuenta bancaria del cobrador.

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