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Bono por Asistencia Escolar: Consulta con tu RUT si podrás recibir este beneficio en noviembre

El Bono por Asistencia Escolar está dirigido a todos los y las estudiantes que integren una familia que sea usuaria del programa Chile Seguridades y Oportunidades.

El Bono por Asistencia Escolar es un beneficio que está dirigido a todos los niños, niñas y adolescentes que tengan entre 6 y 18 años de edad y que se encuentran estudiando en un colegio reconocido por el Estado.

Para postular a este beneficio, los estudiantes deberán contar con una asistencia mensual igual o superior al 85%, además de pertenecer a un grupo familiar que sea usuario del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades.

  • SUF: Conoce cómo postular al Subsidio Único Familiar y cuál es el monto que podrás recibir

Cabe mencionar que el Bono por Asistencia Escolar entrega un aporte de $8.000 mensuales por alumno/a beneficiario/a durante un periodo de 24 meses.

Consulta con tu RUT si podrás recibir el Bono por Asistencia Escolar

Chile Atiende habilitó una página web para que las personas puedan conocer las fechas de pago de todos los aportes asociados a su RUT.

Por lo tanto, quienes deseen consultar si pueden ser beneficiarios o beneficiarias del Bono por Asistencia Escolar, pueden continuar con las siguientes instrucciones:

El sitio de Chile Atiende y el IPS indicará todos los bonos y subsidios asociados al RUT ingresado, entre ellos el Bono por Asistencia Escolar.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Bono Asistencia Escolar?

Podrán acceder a este aporte todos y todas quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • La familia del escolar debe ser usuaria del programa Chile Seguridades y Oportunidades, y deben estar participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).

  • Quienes reciban el Bono Protección y el Bono Base Familiar.

  • La familia debe integrar niños, niñas y adolescentes cuya edad esté entre los 6 y los 18 años al 31 de marzo del año respectivo.

  • Que los menores obtengan una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para cumplir con esta condición durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia escolar promedio para el período julio-diciembre del año anterior.

Cabe mencionar que el Ministerio de Educación (Mineduc) realiza la acreditación de la asistencia escolar mes a mes, por lo que las personas no deben realizar ningún trámite para acceder a este beneficio.

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