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Cambio de domicilio electoral: Conoce cómo hacerlo y hasta cuándo puedes modificar tu información en Servel

En unos meses, todos los ciudadanos del país deberán acudir a las urnas de manera obligatoria, razón por la cual es importante mantener estos datos electorales actualizados

Este 4 de septiembre, ocurrirá el esperado plebiscito de salida. Una instancia donde las y los ciudadanos del país deberán presentarse en sus locales de votación para votar Apruebo o Rechazo a la nueva propuesta de Constitución.

Durante esta fecha del calendario electoral, todas las personas deberán asistir a votar debido a la restitución del sufragio obligatorio. Una medida que había dejado de regir en el país desde febrero del año 2012.

Por esta razón, se hace necesario tener los datos actualizados en el Servicio Electoral (Servel), sobre todo el domicilio electoral que tiene una fecha límite para hacer el cambio. En caso de no asistir a votar, puede significar una multa.

¿Cómo realizar el cambio de domicilio electoral? 

Para hacer el cambio de domicilio electoral, el Servel habilitó una plataforma que sólo necesita la Clave Única para ingresar.

Sólo tienes que acceder al sitio web: cambiodomicilio.servel.cl y una vez que hayas accedido con tus datos, debes dar clic en la sección "agregar solicitud".

Allí la página solicitará que ingreses la ubicación de tu domicilio (si es en Chile, te preguntará si es zona urbana o rural y hay una tercera opción para indicar si es en el extranjero). Una vez que indiques esa información, se te permitirá ingresar los datos del nuevo domicilio. Luego de eso, se presiona "enviar" y la solicitud del trámite está hecha.

El trámite también puede hacerse de manera presencial en las direcciones regionales del Servel y en las oficinas de Chile Atiende a lo largo del país. Sin embargo, en algunos casos existe la opción de hacerlo en oficinas de la PDI, pasos fronterizos y en el Registro Civil.

¿Hasta cuándo puedo modificar esta información?

Según informó el Servel, el plazo límite para cambiar el domicilio electoral es hasta que el Presidente Gabriel Boric convoque el plebiscito de manera oficial, mediante un decreto.

De manera concreta, el Presidente Boric por ley deberá convocar a este plebiscito dentro de los 3 días siguientes a recibir el "borrador" de la nueva constitución, el que tiene que ser entregado por la Convención Constituyente el 4 de julio próximo.

Manejando esta información, quedarían menos de 3 meses para hacer esta modificación.

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