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IFE Laboral: Conoce aquí cuándo se paga el monto correspondiente al mes de agosto

Ten en consideración que los pagos del IFE Laboral se comienzan a entregar el mes subsiguiente a la fecha de postulación.

El IFE Laboral es un aporte del Estado que se entrega a trabajadoras y trabajadores que hayan firmado un nuevo contrato luego de haber estado cesantes por un determinado periodo.

Se otorga a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) en tres pagos de montos que van entre los $100 mil y $300 mil, dependiendo de las características del postulante.

Además, luego de los anuncios del Gobierno sobre el Plan Chile Apoya, el IFE Laboral extendió sus postulaciones hasta el último trimestre del año, es decir, hasta diciembre de 2022.

¿Cuándo pagan el IFE Laboral si postulaste en julio?

Primero, debes saber que los pagos del IFE Laboral se comienzan a entregar el mes subsiguiente a la fecha de postulación. De esta forma, si hiciste el trámite durante el mes de julio recibirás el pago desde el 7 de septiembre.

Por otro lado, el pago correspondiente al mes de agosto se otorgará desde el próximo viernes 5 de agosto. Esta es la primera cuota de aquellos que realizaron su postulación durante junio.

¿Quiénes pueden solicitar el IFE Laboral?

Pueden postular al IFE Laboral todos aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación).
  • Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000 a partir de agosto)
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, Sence revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.

Para postular solo debes acceder a este sitio web, seleccionar en "Postular" e ingresar con tu Clave Única.

¿Cuáles es el monto que puedes recibir?

El monto que recibas dependerá de ciertas características, y son los siguientes:

Hombres mayores de 24 y menores de 55 años:

  • Periodos de remuneración desde julio a septiembre 2022: 25% de su remuneración bruta mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.

Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:

  • Periodos de remuneración desde julio a septiembre 2022: 60% de su remuneración bruta mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.

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