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Bono por Hijo: ¿Cómo puedo solicitar este beneficio y cuáles son los requerimientos?

Todas las madres mayores de 65 años que se encuentren pensionadas pueden postular al Bono por Hijo. Conoce cómo puedes solicitar esta bonificación y cuáles son los requisitos.

Bono por Hijo Revisa cómo puedes solicitar este beneficio. Créditos: ATON. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE./SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE.)

El Bono por Hijo es un beneficio económico, el cual está dirigido a las madres de hijos biológicos o adoptivos que sean mayores de 65 años de edad y se encuentren pensionadas.

Esta bonificación tiene como objetivo principal ayudar monetariamente a las mujeres de la tercera edad. Cabe destacar que, según un estudio de la institución Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), ellas son quienes forman parte de la población de menores ingresos del país.

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de administrar los pagos de esta aporte económico, por lo que en el caso del Bono por Hijo este se les paga a los beneficiarios en conjunto a la pensión de cada uno de ellos.

¿Cómo solicitar el Bono por Hijo?

En el caso que quieras el Bono por Hijo, debes entrar al sitio web del IPS y digitar tu RUT, para después ir al apartado de Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y Bono por Hijo.

Finalmente, seleccionar la opción de Bono por Hijo ingresando con tu Clave Única y rellenado el formulario con los datos personales y de contacto requeridos.

¿Quiénes pueden solicitar el Bono por Hijo?. Créditos: IPS en Línea.

¿Cuáles son los requisitos para el Bono por Hijo?

Para todas aquellas personas que estén interesadas en solicitar este aporte económico, es importante que cumplan con los siguientes requisitos antes de postular:

  • Madres que tengan 65 años de edad o más.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
  • Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
  • Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Ser titular de una Pensión Básica Solidaria de Vejez y haber obtenido su pensión a contar del 1 de julio de 2009.
  • Si no estás afiliada a un régimen previsional, haber recibido una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS a contar del 1 de julio de 2009.

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