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Solo con tu RUT conoce si ya recibiste los $26.000 del Aguinaldo de Navidad

Este aporte se entrega a pensionados y pensionadas que cumplan con una serie de requisitos.

El Instituto de Previsión Social (IPS) hace entrega todos los años del Aguinaldo de Navidad a sus pensionados y pensionadas con el objetivo de entregarles un apoyo monetario para celebrar las fiestas.

De esta forma, quienes cumplan con los requisitos podrán recibir un monto de $26.734, el cual aumenta en $15.104 por cada carga familiar acreditada, total que no tendrá descuentos, es decir, no es tributable ni imponible.

El 1° de diciembre comenzó el pago del aguinaldo, y si cumples con los requisitos, puedes conocer de forma simple y sencilla si ya lo recibiste o la fecha en la que este se otorgará.

Conoce si ya recibiste el Aguinaldo de Navidad

Para que las y los pensionados del IPS puedan recibir el pago antes de Navidad se adelantó la entrega del aguinaldo, el cual se entrega junto a la pensión de diciembre.

Ante esto, y para que las personas puedan saber si ya obtuvieron el beneficio, o la fecha en la que lo recibirán, se habilitó una plataforma online por la cual pueden consultar de forma rápida.

Solo deben ingresar a Mi ChileAtiende, digitar el RUT y pulsar en “Consultar”. De forma automática, la página mostrará el día que se pagará la pensión junto con e aguinaldo, además de la manera en la que este será entregado.

¿Quiénes reciben este beneficio?

El Aguinaldo de Navidad podrá ser recibido por aquellas personas que, al 30 de noviembre de 2023, fueran parte de alguna de las siguientes ayudas:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).

Además, también lo reciben los pensionados y pensionadas de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.

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