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Bono por Hijo: ¿Cuáles son los requisitos para tenerlo de forma vitalicia y cuánto dinero entrega?

Este es un beneficio que reciben las madres de 65 años o más por cada hijo que tengan, para el cual hay que postular de forma online.

El Bono por Hijo es uno de los beneficios que entrega el Estado a las mujeres de 65 años o más, el cual entrega un monto de manera mensual de por vida la madre beneficiada, el que se deposita junto a la pensión.

Este es un beneficio que necesita postulación, y que pagará dependiendo de cada hijo o hija que haya nacido viva, o que haya sido adoptado por la familia beneficiada.

Para solicitar el Bono por Hijo, puedes hacerlo de manera presencial en el sitio del IPS, entrando con tu RUT. Otro de los mecanismos es mediante "Video Atención", lo cual puede utilizarse de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas.

¿Qué requisitos hay para tener de forma vitalicia el Bono por Hijo?

Dentro de los requisitos que existen para tener el Bono por Hijo están:

  • Ser madre y tener 65 años años o más.

    • A las madres que fueron exiliadas y se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo que vivieron en el extranjero como el residido en Chile.

También se debe cumplir una se las siguientes condiciones:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009

  • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (anteriormente Pilar Solidario), a contar del 1 de julio de 2009.

  • Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social, a contar del 1 de julio de 2009.

¿Cuánto dinero entrega el Bono por Hijo?

La bonificación, que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años), se calcula de la siguiente forma:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).

  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

Cabe destacar que el pago se realiza por una única vez, sin embargo, como se entrega junto a la pensión, la entidad a cargo de las pensiones de la beneficiaria divide el monto en cuotas mensuales hasta que se acabe o de manera vitalicia, según señala la página web del IPS sobre el Bono por Hijo.

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