El Subsidio Agua Potable es un beneficio que consiste en el financiamiento de una parte o porcentaje del pago mensual de agua potable y alcantarillado, variando entre el 25% al 85% según el nivel socioeconómico de las familias, hasta alcanzar los 15 mil litros.
Por su parte, quienes pertenezcan a Chile Seguridades y Oportunidades o Chile Solidario podrán acceder a una cobertura del 100% para los primeros metros cúbicos.
Para acceder al aporte es necesario que la persona u hogar destine el 5% o más de sus ingresos mensuales de su grupo familiar al pago del servicio por consumo de agua potable y alcantarillado de aguas servidas.
Conoce cómo acceder al Subsidio Agua Potable
Para poder acceder al Subsidio Agua Potable, deberás dirigirte a la municipalidad correspondiente a tu domicilio con la última boleta del agua de la empresa sanitaria o al sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.
Una vez allí, explica el motivo de su visita: solicitar el subsidio al pago de consumo de agua potable y servicio de alcantarillado, luego entrega el documento. Hecho esto, habrás postulado al aporte.
Este bono tiene una duración de tres años, pudiendo ser renovado por el mismo periodo siempre y cuando se sigan cumpliendo los requisitos y exista disponibilidad de cupos a nivel comunal.
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¿Cuáles son los requisitos para recibir el Subsidio Agua Potable?
Si quieres postular al Subsidio Agua Potable, es necesario que cumplas con estos requisitos:
- Ser residente permanente de un domicilio que corresponda con la municipalidad que concede este beneficio.
- Debe estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o con los sistemas de agua potable rural según corresponda.
- Quien postula a este beneficio es la jefa o jefe de hogar de la familia principal.
- Debe cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia. Destinar más del 5% de los ingresos familiares al pago mensual del agua.
- De presentar postulación una agrupación colectiva, todas las jefaturas de familia de cada una de las viviendas que componen el colectivo deben presentar postulación en la municipalidad.
- Contar con Registro Social de Hogares.
La persona que postule, además de ser residente permanente, puede ser:
- Propietaria de la vivienda.
- Arrendataria de la vivienda, siempre y cuando al interior de la misma no viva la o el propietario.
- Usufructuaria de la vivienda.
- Allegada externa de la vivienda cuando al interior de un sitio existe más de una vivienda abastecida por el mismo medidor y que para el subsidio al pago del consumo del agua potable se conoce con el nombre de colectivo.