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IPS paga más de $214.000 a adultos mayores cada mes: ¿En qué casos se pierde el beneficio?

Existen varias situaciones que pueden ocasionar la suspensión total del pago de la Pensión Garantizada Universal. Conoce cuáles son.

Pensión Garantizada Universal. Conoce los requisitos. (Pinterest)

Uno de los grandes aportes que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) a adultos mayores en todo Chile es la Pensión Garantizada Universal (PGU), dirigida a mayores de 65 años de edad.

El monto se otorga de manera mensual por un total de $214.296. El valor es transferido electrónicamente ala cuenta bancaria del beneficiario o la beneficiaria, o bien puede ser retirado con cobro presencial.

¿Por qué se puede perder la PGU? (DRAGOMIR YANKOVIC/ATONCHILE/DRAGOMIR YANKOVIC/ATONCHILE)

¿Se puede perder la Pensión Garantizada Universal?

Sí. Existen escenarios por los que puede suspenderse de manera definitiva el pago de la Pensión Garantizada Universal. Es la Superintendencia de Pensiones las que detalla las causas en su web oficial:

  • Cuando fallece la o del beneficiario. En este caso, la PGU se pagará hasta el último día del mes de fallecimiento.
  • Cuando la o el beneficiario permanece fuera del territorio nacional por un período superior a 180 días (seis meses) continuos o discontinuos durante un año calendario.
  • Cuando la o el beneficiario entrega antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio de la PGU.
  • Si la o el beneficiario dejan de cumplir con el requisito de NO pertenecer al 10% más rico de la población.

¿Quiénes sí reciben la PGU?

Podrás cobrar la PGU habiendo postulado y cumpliendo con estos requisitos:

  • Ser mayor de 65 años de edad.
  • No puedes integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población, como ya se indicó.
  • Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad; además de acreditar al menos cuatro años de permanencia, de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
  • Contar con una pensión base calculada menor a la pensión máxima determinada por la normativa para este beneficio (esto es una pensión calculada menor a $1.158.355).

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